Planes de pensiones de empleo

¿Qué ventajas tienen los planes de pensiones de empleo?

Como vehículo de previsión social permite:

  • Complementar la pensión de jubilación de los beneficiarios
  • Acumular los derechos consolidados del partícipe en el plan, siendo el titular de los mismos.
  • Buen trato fiscal
  • Comisiones más bajas que en los planes de pensiones individuales
  • Obtener liquidez en determinados supuestos relevantes
¿Qué es un plan de pensiones?

Es un contrato de carácter voluntario que regula los derechos y obligaciones establecidos entre promotor, partícipes y beneficiarios. Por tanto básicamente regula el modo de realizar las aportaciones, quienes pueden hacerlas obligatoria o voluntariamente y las contingencias por las que se puede percibir una pensión (típicamente jubilación, viudedad, orfandad, invalidez y dependencia). Este contrato se llama especificaciones del plan de pensiones.

¿Cuál es la diferencia entre plan de pensiones y fondo de pensiones?

Dado que las aportaciones a planes se producen mucho antes que las prestaciones, los recursos económicos no pueden estar ociosos, deben obtener rentabilidad.  Por ello se canalizan a una institución de inversión colectiva específica llamada fondo de pensiones.  Por tanto el fondo de pensiones es un instrumento financiero para la gestión patrimonial de los recursos.

¿Por qué interesa a un partícipe/trabajador un plan de empleo?

Es un vehículo muy eficiente, con bajos costes. Esto revierte en mayor rentabilidad para el empleado.

Su voz se oye: la representación de los trabajadores supervisa y dirige la gestión del plan y del fondo de pensiones

En muchas ocasiones, los planes de empleo permiten aportaciones tanto de la empresa como del trabajador, sean éstas obligatorias o voluntarias.

Las aportaciones del empleado son deducibles en su base imponible.

¿Cómo y por qué las comisiones son tan bajas?

Las comisiones de los planes de empleo suelen ser menos de la mitad de las de los planes individuales similares (sobre todo en los planes de empresa medianos y grandes). Al crear un plan de empleo, los partícipes son muchos más, con un volumen elevado y además no pagan comisiones por comercialización (características de los planes individuales y los fondos de inversión) con lo cual demandan un mejor trato en términos de costes.

La ventaja de estas menores comisiones es una mayor capitalización del dinero del empleado. Un 0,65% anual acumulativo de menos comisiones genera un 30 por ciento más de pensión al momento de la jubilación (para el caso de una persona de 27 años que se jubile a los 67 años de edad).

¿Es posible hacer líquido un plan de pensiones de empleo?

No se puede rescatar un plan de pensiones de empleo discrecionalmente.  Pero sí en circunstancias relevantes como desempleo o enfermedad grave.

Esto podría parecer un inconveniente y sin embargo es una ventaja, ya que asegura que las cantidades aportadas al plan de pensiones no serán utilizadas para gastos superfluos sino que se destinarán específicamente a complementos de pensiones.

¿Qué modalidades de planes existen, atendiendo a su promotor?

Existen tres modalidades de planes : de empleo, individual y asociado

En los planes de empleo el promotor es una empresa (o un grupo de empresas) en favor de sus empleados. Específicamente también existen planes para PYMES.

En los planes asociados, el promotor debe ser una asociación. Por ejemplo un colegio provincial de abogados, en favor de sus colegiados, un sindicato para sus asociados o una asociación de cualquier tipo donde sus socios pueden darse de alta.

En los planes individuales, el promotor es una entidad financiera (un banco, una seguradora, una Agencia de Valores…) y los partícipes son sus clientes que manifiesten querer suscribir el plan.

¿Cuáles son los principios básicos de los planes de pensiones de empleo?

No discriminación. No se puede negar el acceso como partícipe de un Plan a cualquier persona física que reúna las condiciones de vinculación o de capacidad de contratación dependiendo de cada tipo de plan de pensiones.

Capitalización. Los Planes se instrumentarán mediante sistemas financieros o actuariales de capitalización, que les dan una garantía técnica de que las aportaciones permiten financiar las prestaciones.

Irrevocabilidad de aportaciones de forma que lo aportado no puede recuperarse arbitrariamente a voluntad de quien lo aportó. Es especialmente relevante en el caso de los planes de empleo.

Atribución de derechos. Los partícipes y beneficiarios son los únicos titulares legítimos los derechos económicos del plan. Las contribuciones y aportaciones a los Planes de Pensiones y el sistema de capitalización utilizado determinan para los partícipes unos derechos de contenido económico que financian las prestaciones.

Integración obligatoria en un Fondo de Pensiones. Las contribuciones de los promotores y las aportaciones de los partícipes, y cualesquiera recursos adscritos al Plan de Pensiones, se integrarán obligatoriamente en un Fondo de Pensiones. Un plan de pensiones no puede existir sin adscribirse a un fondo de pensiones y tampoco puede adscribirse a otro vehículo de inversión de su elección: necesariamente debe integrarse en un fondo de pensiones.

¿Qué particularidades presenta el principio de no discriminación en un plan de empleo?

Un Plan del Sistema de Empleo será no discriminatorio cuando la totalidad del personal empleado por el promotor esté acogido o en condiciones de acogerse al Plan sin que pueda exigirse una antigüedad superior a dos años para acceder al plan. No obstante, el Plan de Empleo podrá prever el acceso con una antigüedad inferior a dos años o desde el ingreso en la plantilla del promotor, si así se recoge en las especificaciones del plan.

¿Qué son los subplanes de pensiones?

En los Planes de Pensiones de Empleo, el principio de no discriminación es compatible con la diferenciación de aportaciones del promotor correspondientes a cada partícipe, con la aplicación de regímenes diferenciados de aportaciones y prestaciones. Ello se realiza mediante la creación de Subplanes dentro del mismo Plan, conforme a criterios derivados del acuerdo colectivo o disposición equivalente o de las especificaciones del Plan.

¿Con qué criterios deben invertirse los fondos de pensiones de empleo?

La Ley establece :

  • Seguridad, como objetivo primordial
  • Rentabilidad que permita lograr los recursos suficientes para financiar las prestaciones
  • Diversificación, que impida la concentración de activos
  • Congruencia de plazos, que permita tener liquidez para atender el pago de prestaciones.

¿Qué pensamos

en OCOPEN?

 

Los planes de empleo constituyen una asignatura pendiente de la sociedad española. En los países europeos de nuestro entorno los ciudadanos tienen tres fuentes para financiar las pensiones:

  • Las pensiones públicas
  • Los planes de pensiones de empleo
  • Su ahorro personal

En España el aspecto más preocupante es la falta de un desarrollo generalizado de los planes de empresa que aportan grandes ventajas: 

Ventajas de los planes de pensiones de empleo

Permiten extender y generalizar las pensiones complementarias a la mayor parte de la población independientemente de su capacidad de ahorro individual.

Soportan gastos y costes muy reducidos que permiten obtener rentabilidades muy superiores a los sistemas individuales.

Toma de decisiones, control y supervisión por parte de las empresas y trabajadores.

Permiten adoptar estrategias de inversión, rentabilidad y control de riesgos a largo plazo, tan necesarias en la economía como la inversión en infraestructuras y en capital riesgo.

Como inversores institucionales a largo plazo permiten avanzar en la consideración de factores ASG en las decisiones de inversión que facilita un crecimiento sostenible y mejora la responsabilidad social de las empresas.

Garantizan transparencia en la información y mecanismos potentes de protección de derechos a partícipes y mutualistas.

Cuentan con el asesoramiento y la supervisión de expertos independientes.

Proporcionan mayor implicación y valoración del sistema por el esfuerzo compartido entre empresas y trabajadores, permitiendo que los beneficios fiscales se extiendan al conjunto de la población.

Son instituciones rentables y con inversión conservadora, siendo un buen canal de ahorro a largo plazo

Tienen una arquitectura muy estable ante las crisis financieras

Lo lógico es apostar por la generalización de los planes de empleo para todos los trabajadores por cuenta ajena en España.

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